El preámbulo de una Constitución puede definirse como una declaración solemne de los propósitos del constituyente que expresa los valores, principios y necesidades de un pueblo (o de una nación), el cual será el ordenamiento superior que le servirá de programación de su futuro.
Proyecto Constitución Política
República Federal de Chile
Preámbulo largo
El pueblo soberano de Chile declara solemnemente su adhesión a la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, a la Declaración Universal de los Derechos Humanos 1948, a la Declaración de los Derechos del Niño de 1959, así como a la Declaración de Río de Janeiro sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, proposición de las Naciones Unidas (ONU) para promover el desarrollo sostenible de 1992, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas 2007, el Acuerdo de París de 2016 y el Acuerdo de Escazú de 2018.
El pueblo chileno consagra que esta Carta Fundamental se guiará por los siguientes Valores y Principios: la Democracia, de la Igualdad, de la Descentralización, de la Justicia, del Respeto y la conservación de la naturaleza y el medio ambiente, del Respeto, Bien Común y comunidad, de la Equidad de género, de un Estado laico, de los Derechos Humanos, de la Solidaridad, de la Multiculturalidad, de la Probidad, del Plurinacionalismo, y otros que se acuerden en forma democrática. De la misma forma, esta Carta Magna consagra los siguientes Derechos, que aseguren la dignidad humana y calidad de vida de nuestro pueblo: A la vida, a la salud, a la seguridad alimentaria, al agua limpia y libre, a la seguridad social, a la educación, a la vivienda digna, a ser tratados con igualdad ante la ley, a vivir en un medio ambiente limpio y libre de polución, a la libertad de expresión, al trabajo, a un salario digno, a sindicalizarse y a la negociación colectiva. Los Pueblos Indígenas tienen derechos inherentes y ancestrales por su condición de naciones originarias, y los niños, niñas, adolescentes y mujeres también tienen derecho a la protección de la sociedad y el Estado. Asimismo, existirán otros derechos que se acuerden de forma democrática.
Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud de los mismos derechos mencionados, y para asegurar una correcta convivencia democrática, el pueblo chileno tendrá y deberá hacer cumplir los siguientes Deberes y Responsabilidades: deberes de protección de conservación de la naturaleza, de la tenencia responsable de animales domésticos o de granja, del respeto a la Constitución, de la protección y conservación de patrimonio histórico y cultural, del respeto de los derechos de los otros, del cumplimiento de las leyes y normas, de la protección, promoción y respeto de los derechos humanos y fundamentales, del ejercicio legítimo y no abusivo de los derechos, del derecho a voto o sufragio, de la probidad y transparencia, de la participación ciudadana y cívica, de la responsabilidad social y cívica, del respeto y no discriminación, del servicio a la comunidad, del cumplimiento de tratados y obligaciones internacionales, u otros que se acuerden de forma democrática.
Los chilenos y chilenas en los Territorios Constituyentes de Norte Grande, Norte Verde, Valparaíso, Santiago, Valle Central, Concepción, Sur Mapuche, Sur, y Sur Austral, podrán consumar su libre autodeterminación y conformar una Federación en unidad perpetua y defenderán la libertad de Chile como país soberano e indivisible. La presente Ley Fundamental rige, pues, para todos los territorios, naciones y pueblos de Chile.
Esta Carta Fundamental instruye que Chile promueva, se una o asocie a una Confederación de Estados soberanos latinoamericanos con el propósito de afianzar la democracia y la independencia política y económica de la región, mejorar la calidad de vida de sus pueblos, avanzar en la necesaria integración regional y enfrentar de mejor manera los grandes desafíos mundiales del presente y del futuro. Para promover el desarrollo humano, la libertad individual, la igualdad de oportunidades, la lucha contra la desigualdad, el cuidado del medio ambiente, la libre determinación de sus pueblos y la búsqueda de la felicidad de los habitantes de Latinoamérica, razón fundamental de la independencia de nuestro continente y que nos une, no separa, de todos los pueblos hermanos.
La Asamblea Constituyente por el mandato del pueblo de Chile envía para su aprobación la siguiente Constitución Federal:
Los Valores y Principios, Derechos, Deberes y Responsabilidades fueron extraídos desde los Cabildos Regionales del Proceso Constituyente.
Los Territorios Constituyentes fueron extraídos desde propuesta de las seis Regiones de la CORFO de 1950 (Norte Grande, Norte Chico, Núcleo Central, Concepción y La Frontera, Los Lagos, y Los Canales) más las tres ciudades metropolitanas existente actualmente: Valparaíso, Santiago y Concepción.
No se agrega invitación a migrar a Chile, por resultado negativo en encuesta.
Se agrega promover, unirse o asociarse a una Confederación latinoamericana, por resultado positivo en encuesta.
Fuente: https://goo.gl/pbUaN1
Un comentario en “Propuesta de Constitución Federal – Preámbulo largo”