Proyecto de Constitución Federal para Chile, Reforma de la Constitución

Proyecto de Constitución Federal para Chile

Título VI: Reforma de la Constitución

Artículo 98: Será potestad exclusiva del Primer Ministro presentar proyectos de reforma constitucional al Congreso Nacional.

Sólo podrá presentarse un proyecto de Reforma Constitucional por período parlamentario. Entrarán en la comisión correspondiente y seguirán el proceso legislativo normal.

Artículo 99: Si el proyecto de reforma aumenta o modifica las atribuciones del Gobierno Ejecutivo Federal, las materias de ley que puede legislar el Congreso Federal, las potestades de la Corte Suprema Federal, o modifica cualquier artículo contenido en el Título IV, deberá ser aprobado, adicionalmente, por cada uno de los parlamentos de cada Estado Federado.

Artículo 100: Si un proyecto de reforma constitucional tiene los alcances de un cambio de la Constitución, deberá ser sometida a plebiscito ante el Pueblo. Será el Primer Ministro quien presente la moción de cambio de Constitución ante el Senado de la República, quien deberá aprobar la moción de legislar. Dicha aprobación deberá ser por mayoría absoluta de los miembro electos en ambas cámaras.

Si la moción es aprobada, deberá elegirse una Asamblea Constituyente que será la encargada de redactar el proyecto de Nueva Constitución.

Dicho proyecto deberá ser aprobado por mayor­ía absoluta de los miembros electos en ambas cámaras del Congreso Federal antes de someterlo a Plebiscito Nacional.

La moción de reemplazo de la Constitución deberá contener los plazos para constituir la Asamblea Constituyente, la forma de su elección, y el plazo para que dicha Asamblea redacte la Nueva Constitución.

La Nueva Constitución se entenderá aprobada tras los resultados del plebiscito si, además de obtener la mayoría absoluta de votos, esta mayoría es obtenida en al menos la mitad más uno del número de Estados Federados existentes en ese momento, excluyendo el Estado que tenga mayor población.

Artículo 101: Se entenderá que un proyecto de reforma tiene los alcances de cambio de la constitución si se reúne al menos alguna de las siguientes condiciones:

1) Propone reemplazar el sistena semipresidencial por uno presidencial.

2) Propone reemplazar el sistema de estado federal por uno de estado unitario.

3) Quita la autonomía financiera o fiscal a los Estados Federados.

4) Quita el derecho de los Estados Federados de hacer sus propias leyes.

5) Quita el reconocimiento de las naciones indígenas.

6) Quita el derecho a los Estados Federados de elegir sus propias autoridades.

7) Reduce la participación de la ciudadanía en el proceso político.

8) Reduce de forma importante los derechos de las personas.

Si el proyecto de reforma propone transitar a un sistema parlamentario pleno o perfecciona el funcionamiento de la Federación, se entenderá como un proyecto normal de reforma constitucional.

https://bit.ly/3pjCXCw

2 comentarios en “Proyecto de Constitución Federal para Chile, Reforma de la Constitución

  1. Si Chile hubiese Sido un estado federal seríamos al.menos más estrictos y habría mano dura ,somos los más anticuados en Sudamérica me da.verguenza tanto atraso en materia de leyes DESEO UN PAIS FEDERAL

    Me gusta

Deja un comentario