#Constitución Política de la República de #Chile de 1925

En la segunda década del siglo XX, el sistema político chileno entró en una profunda crisis. La emergencia de movimientos sociales populares y de clase media puso en cuestión el manejo oligárquico del Estado, demandando profundas reformas políticas, sociales y económicas. El sistema semiparlamentario que existía se demostró incapaz de resolver las nuevas demandas sociales, paralizado por las constantes rotativas ministeriales, las luchas entre facciones políticas y la debilidad de la figura presidencial.

La reforma al sistema político se materializó en una nueva Constitución política, la que fue aprobada a fines de 1925. La nueva carta fundamental fijó un régimen representativo, de carácter presidencial y con una separación estricta de poderes. El presidente desarrollaría las funciones de jefe de Estado y gobierno, nombrando y removiendo a los ministros; un Congreso bicameral tendría una función colegisladora; y la forma de gobierno territorial sería unitaria. Por otra parte, separó definitivamente la Iglesia del Estado y modernizó la estructura estatal.

Entre 1932 y 1970, bajo esta Constitución, el sistema político se perfeccionó, permitiendo el acceso de los sectores medios y populares y consolidando una de las democracias más estables de América Latina.

Constitución 1925.jpg

Fue el texto constitucional chileno vigente entre el 18 de octubre de 1925 y el 11 de marzo de 1981. Fue aprobado en un plebiscito celebrado el 30 de agosto de 1925, y promulgado el 18 de septiembre del mismo año. Entró en vigencia el 18 de octubre de 1925, siendo reformada en 1943, 1957, 1959, 1963, 1967, 1970, y 1971 su aplicación fue parcialmente suspendida por el golpe de estado de 11 de septiembre de 1973, siendo modificada y derogada en parte mediante decretos leyes, hasta su total reemplazo mediante la Constitución de 1980, en vigor desde marzo de 1981.

Su texto original contenía 110 artículos y 10 disposiciones transitorias. Al 11 de septiembre de 1973, poseía 113 artículos y 18 disposiciones transitorias.

Se caracterizó por el sistema presidencial que impuso, luego de más de tres décadas de régimen pseudoparlamentario. En su redacción intervino una comisión designada y dirigida por el presidente Arturo Alessandri Palma, sobre la base de un proyecto elaborado por su ministro José Maza.

Link: http://goo.gl/BBYo4R

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