
La Contraloría General de la República es la entidad fiscalizadora superior de Chile, de carácter autónomo y rango constitucional, encargada de ejercer el control de legalidad de los actos de la Administración Pública, fiscalizar el ingreso y la inversión de los fondos fiscales, municipales y de los demás organismos y servicios que determinen las leyes, examinar y juzgar las cuentas de las personas que tengan a su cargo bienes fiscales y municipales, llevar la contabilidad general de la Nación y desempeñar las demás funciones encomendadas por la ley.
En el ejercicio de sus funciones, la Contraloría toma razón de los actos de la Administración, actuación mediante la cual señala que el decreto o resolución se encuentra conforme a la Constitución y a las leyes, o bien, en caso contrario, procede a representarlo cuando tiene algún vicio de inconstitucionalidad o de legalidad.
Propuesta de descentralización de la Contraloría
La descentralización se concibe por distintos autores, como una forma de organizar la administración del Estado en un proceso de transferencia de competencias y recursos, desde el gobierno central a las administraciones subnacionales o unidades más pequeñas, entregándoles autonomía en la toma de decisiones y poder decisorio local acerca de materias delimitadas por la misma autoridad central.
– Contraloría Federal o Nacional
La Contraloría Nacional, se encargará del control de constitucionalidad y legalidad de los actos de la administración del gobierno nacional y sus órganos desconcentrados, de acuerdo a la constitución federal y las leyes.
El Contralor Nacional será acordado entre el Ejecutivo Nacional y el Legislativo Nacional, se mantendrá en el cargo por 8 años, sin derecho a reelección.
– Contraloría Estatal o Regional
La Contraloría Regional, se encargará del control de constitucionalidad y legalidad de los actos de administración del gobierno regional, sus órganos desconcentrados y las municipalidades, de acuerdo a la constitución federal, constitución estatal y las leyes.
El Contralor Regional será acordado entre el Ejecutivo Regional y el Legislativo Regional, se mantendrá en el cargo por 8 años, sin derecho a reelección.
Propuesta de desconcentración de la Contraloría
La desconcentración es una técnica administrativa que consiste en el traspaso de la titularidad o el ejercicio de una competencia que las normas le atribuyan como propia a un órgano administrativo en otro órgano de la misma administración pública jerárquicamente dependiente.
– Contraloría Local
La Contraloría estatal o regional estará desconcentrada a nivel comunal encargada de ejercer el control de legalidad de los actos de la Administración Pública, fiscalizar el ingreso y la inversión de los fondos fiscales, municipales y de los demás organismos y servicios que determinen las leyes o reglamentos, examinar y juzgar las cuentas de las personas que tengan a su cargo bienes fiscales y municipales, llevar la contabilidad general de la Municipalidad y desempeñar las demás funciones encomendadas por la ley, la constitución estatal y la constitución federal según corresponda.
Se propone que este cargo sea rotativo entre los contralores locales de las distintas comunas que componen el estado o región, para evitar la relación de dependencia que se podría generar con la Municipalidad y mantener la imparcialidad de la función.