«Área Metropolitana» propuesta de Gobierno Metropolitano

En el marco de nuestra propuesta de Estado Federal, proponemos una nueva entidad administrativa al interior de un estado o región, cuyo propósito es la optimización de la entrega de servicios públicos y la planificación estratégica del desarrollo urbano de las grandes ciudades de nuestro país.

Un “Área Metropolitana” es una ciudad compuesta por varias comunas que se ha organizado formando una nueva jurisdicción. Por ejemplo: Puerto Montt-Puerto Varas, Temuco-Padre Las Casas, Rancagua-Machalí, La Serena-Coquimbo, o Iquique-Alto Hospicio. Estas ciudades o áreas metropolitanas debe contar con una población igual o superior a 250.000 personas.

Las comunas aledañas que participan de la ciudad en forma diaria podrían incorporarse al área metropolitana, previo análisis de impacto y/o consulta ciudadana.

El gobierno metropolitano está a cargo de un Comité compuesto por el Gobernador y los Alcaldes de las comunas que pertenecen al área metropolitana. El gobernador es el presidente del Comité y vota solo en caso de empate. También se podría invitar a otros alcaldes interesados en alguna política pública o proyecto en particular, con derecho a vos pero sin derecho a voto. Si el área jurisdiccional de la ciudad es una mezcla de un área urbana o suburbana o rural, el término “área metropolitana” también puede ser usado.

Como tal, un área metropolitana, es simultáneamente una ciudad, compuesta por más de una corporación municipal, y sería una división administrativa al interior de un estado o región.

El término “área metropolitana” procura distinguir las ciudades que contienen áreas urbanas que existieron como municipalidades independientes (por ejemplo: Gran Santiago, Gran Concepción y Gran Valparaíso) o ciudades que contienen áreas urbanas, suburbanas y hasta rurales, algunas de las cuales pueden nunca haber tenido un gobierno independiente (por ejemplo, Gran Temuco, Gran Puerto Montt o Gran La Serena).

No está demás, recordar que los alcaldes o alcaldesas deben contar con el acuerdo de su respectivo Concejo Municipal. Y el Gobernador o Gobernadora debe contar con el acuerdo del Consejo Regional (CORE) o su equivalente.

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